
El acoso laboral, también conocido como hostigamiento laboral o mobbing, es un problema grave que afecta la salud física y mental de los trabajadores y perjudica el ambiente laboral en general. En Chile, existe un marco legal que protege a los trabajadores contra esta problemática y establece un procedimiento para denunciar y solucionar los casos de acoso dentro de las empresas. Esta guía detalla los pasos a seguir para abordar un problema de acoso laboral en Chile, con base en la legislación vigente.
Definición Legal de Acoso Laboral en Chile
El acoso laboral se define como toda conducta de agresión u hostigamiento, ya sea física o psicológica, que cause menoscabo, maltrato o humillación a un trabajador, o que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades de empleo. Para que se configure el acoso laboral no es necesario que se demuestre la intención del acosador, sino que basta con que se produzca el resultado lesivo para la víctima (1). Sin embargo, la intencionalidad puede ser relevante al momento de determinar la sanción (2).
Es importante destacar que la Ley Karin (Ley N° 21.643), promulgada en enero de 2024 y vigente desde el 1 de agosto del mismo año, modificó la definición de acoso laboral, eliminando el requisito de que las conductas de hostigamiento sean reiteradas (3). En consecuencia, basta con que la acción se ejerza una sola vez para que sea considerada acoso laboral.
Leyes y Reglamentos Relevantes
El marco legal que protege a los trabajadores contra el acoso laboral en Chile se basa principalmente en:
Código del Trabajo: Define el acoso laboral como una figura contraria a la dignidad de la persona trabajadora (1). Establece que es una causal de término de la relación laboral, tanto como despido directo (artículo 160, N°1) como indirecto (artículo 171) (1).
Ley Karin (Ley N° 21.643): Modifica el Código del Trabajo para prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en el trabajo. Introduce la obligación de las empresas de contar con un protocolo de prevención e investigación, y establece nuevos estándares en los procesos de denuncia y sanción (4). Esta ley se enmarca en un contexto más amplio de reformas laborales con perspectiva de género, como la reducción de la jornada laboral a 40 horas (4).
Ley N° 20.005: Tipifica y sanciona el acoso sexual en toda relación laboral, pública o privada (2). El acoso sexual se entiende como requerimientos de carácter sexual no consentidos que amenacen o perjudiquen la situación laboral de la víctima (6).
Convenio 190 de la OIT: Busca erradicar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. Chile ratificó este convenio, y la Ley Karin se ajusta a sus parámetros (4).
Reglamento Interno de la Empresa: Debe contener las sanciones aplicables a los trabajadores que incurran en acoso laboral (8).
Prevenir el Acoso Laboral
La Ley Karin establece la obligatoriedad para las empresas de contar con un protocolo de prevención del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo (6). Este protocolo debe incluir, entre otros aspectos:
La identificación de los peligros y la evaluación de los riesgos psicosociales asociados al acoso.
Las medidas para prevenir y controlar tales riesgos.
Las medidas para informar y capacitar a los trabajadores sobre los riesgos y las medidas de prevención.
Las medidas de resguardo de la privacidad y la honra de las personas involucradas en las investigaciones.
Pasos para Denunciar el Acoso Laboral dentro de la Empresa
Si un trabajador experimenta acoso laboral, debe seguir estos pasos para denunciarlo dentro de la empresa:
Identificar las conductas de acoso: Es fundamental reconocer las acciones que constituyen acoso laboral.
La Ley Karin define 18 conductas específicas que pueden ser consideradas acoso laboral (3), las cuales se presentan en la siguiente tabla:
Conducta | Descripción | Ejemplo |
Restringir la comunicación | Impedir que el trabajador se exprese o comunique con sus compañeros o superiores. | Un jefe que prohíbe a un trabajador hablar en las reuniones. |
Aislar al trabajador | Separar al trabajador de sus compañeros o impedir que se le dirija la palabra. | Cambiar de lugar de trabajo a un trabajador para alejarlo de sus compañeros. |
Asignar tareas degradantes | Obligar al trabajador a realizar tareas que están por debajo de sus capacidades o que son humillantes. | Asignar a un profesional tareas de limpieza. |
Cuestionar el desempeño de forma ofensiva | Juzgar el trabajo del trabajador con palabras despectivas o humillantes. | Un jefe que grita a un trabajador por un error frente a sus compañeros. |
No asignar tareas | Dejar al trabajador sin tareas que realizar, lo que puede generar sensación de inutilidad. | |
Asignar tareas sin sentido | Dar al trabajador tareas que no tienen ningún objetivo o que son imposibles de realizar. | |
Asignar tareas por debajo de sus capacidades | Dar al trabajador tareas que no corresponden a su nivel de responsabilidad o que no le permiten desarrollar sus habilidades. | Asignar a un ingeniero tareas administrativas básicas. |
Asignar tareas con datos erróneos | Entregar al trabajador información incorrecta para que cometa errores. | |
No establecer comunicación directa | Ignorar al trabajador o evitar cualquier tipo de contacto con él. | |
Tratar al trabajador como si no existiera | Hacer caso omiso de la presencia del trabajador, como si fuera invisible. | |
Criticar la vida privada | Hacer comentarios negativos o inapropiados sobre la vida personal del trabajador. | |
Terror telefónico | Realizar llamadas telefónicas intimidantes o amenazantes al trabajador. | |
Dejar en ridículo | Burlarse del trabajador o exponerlo a situaciones humillantes frente a otros. | |
Insinuar problemas psicológicos | Sugerir que el trabajador tiene problemas mentales sin fundamento. | |
Burlarse de discapacidades | Reírse o hacer comentarios despectivos sobre las discapacidades físicas o mentales del trabajador. | |
Imitar gestos y voces | Imitar de forma burlesca la forma de hablar o moverse del trabajador. | |
Burlarse de la vida privada | Difundir rumores o información privada del trabajador con el objetivo de humillarlo. |
Recopilar pruebas: Es importante reunir cualquier evidencia que respalde la denuncia, como correos electrónicos, mensajes, testimonios de testigos o informes médicos que acrediten el daño a la salud (2).
Presentar la denuncia: La denuncia puede ser presentada por escrito o de forma verbal a la empresa, establecimiento o servicio (6). Si la denuncia es verbal, la persona que la recibe debe levantar un acta y entregar una copia al denunciante (6). También se puede presentar la denuncia a través de la plataforma online "MiDT" (10).
Medidas de resguardo: El empleador debe tomar medidas inmediatas para proteger al trabajador que ha presentado la denuncia (6). Estas medidas deben considerar la gravedad de los hechos y la seguridad del denunciante, y pueden incluir la separación de espacios físicos o la redistribución de la jornada laboral (6).
Investigación interna: La empresa debe realizar una investigación interna de los hechos denunciados en un plazo de 30 días (6). La investigación debe ser reservada, imparcial y confidencial, y debe garantizar el derecho a defensa de ambas partes (6).
Medidas o sanciones: De acuerdo con el resultado de la investigación, el empleador debe aplicar las medidas o sanciones que correspondan en un plazo de 15 días (6). Tanto el denunciante como el denunciado deben ser informados de las medidas o sanciones adoptadas (6).
Organismos Externos para Denunciar el Acoso Laboral
Además de la denuncia interna en la empresa, el trabajador puede recurrir a organismos externos para denunciar el acoso laboral:
Inspección del Trabajo: Recibe denuncias por vulneración de derechos fundamentales, incluyendo el acoso laboral. Puede realizar una investigación y, si corresponde, iniciar un proceso de mediación o derivar los antecedentes a los tribunales laborales (12).
Contraloría General de la República: Puede investigar denuncias de acoso laboral en el sector público, especialmente cuando existen vicios de legalidad en el procedimiento interno de la institución (13).
Tribunales Laborales: El trabajador puede presentar una demanda por tutela de derechos fundamentales.
Mutual de Seguridad: Es recomendable realizar una denuncia en la mutual de seguridad de la empresa, ya que esto permite acreditar el menoscabo a la salud del trabajador y obtener un informe que puede ser utilizado como prueba en un juicio (13).
Comité Chileno de Mujeres de la Internacional de Servicios Públicos: Esta organización ofrece apoyo a las víctimas de acoso laboral, especialmente en el sector público (15).
Consecuencias Legales del Acoso Laboral
En caso de comprobarse el acoso laboral, existen diversas consecuencias legales para el acosador y la empresa:
Sanciones al acosador: Pueden incluir amonestación verbal o escrita, multa de hasta el 25% de la remuneración diaria, o despido sin derecho a indemnización (8).
Responsabilidad de la empresa: La empresa puede ser sancionada por la Inspección del Trabajo por incumplir con la obligación de prevenir el acoso laboral o por no llevar a cabo una investigación adecuada (2). También puede ser condenada a pagar una indemnización al trabajador afectado por los daños sufridos, si este pone término a su contrato laboral (17).
Término del contrato de trabajo: El acoso laboral puede ser causal de despido del trabajador acosador. Si el acosador es el empleador, el trabajador puede poner término al contrato de trabajo e iniciar una demanda por despido indirecto (17).
Consecuencias para el denunciante: Es importante tener en cuenta que una acusación falsa de acoso laboral puede tener consecuencias legales para el denunciante, incluyendo la obligación de indemnizar al afectado por los perjuicios causados (18).
Prohibición de represalias: La ley prohíbe cualquier tipo de represalia contra la persona que denuncia el acoso laboral, así como contra quienes testifiquen o colaboren en la investigación (2).
Conclusión
El acoso laboral es un problema que debe ser abordado con seriedad y responsabilidad. En Chile, la legislación, especialmente tras la promulgación de la Ley Karin, busca proteger la dignidad de los trabajadores y ofrece herramientas para prevenir, denunciar y sancionar el acoso laboral.
Si usted está experimentando acoso laboral, es crucial que documente las situaciones de acoso, recopile pruebas y presente una denuncia formal ante la empresa. No dude en buscar apoyo en los organismos externos competentes, como la Inspección del Trabajo, la Contraloría General de la República o las mutuales de seguridad. En casos graves, puede ser necesario recurrir a los tribunales laborales para obtener una indemnización por los daños sufridos. Recuerde que proteger su salud física y mental es fundamental y que existen recursos disponibles para ayudarlo a enfrentar esta situación.
Fuentes citadas
1. Acoso laboral o mobbing - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, acceso: marzo 5, 2025, https://www.bcn.cl/obtienearchivo?id=repositorio/10221/33581/1/BCN_Acoso_Laboral__2022_VF_pdf.pdf
2. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN POR MALTRATO, ACOSO SEXUAL Y ACOSO LABORAL, acceso: marzo 5, 2025, https://www.cajbiobio.cl/wp-content/uploads/2020/01/PROTOCOLO-DE-ACTUACION-POR-MALTRATO-ACOSO-SEXUAL-Y-ACOSO-LABORAL.pdf
3. Ley de Acoso Laboral 2024: conoce las 18 conductas que pueden ser sancionadas en el trabajo - El Mostrador, acceso: marzo 5, 2025, https://www.elmostrador.cl/braga/2024/08/09/ley-karin-conoce-las-18-conduley-de-acoso-laboral-2024-conoce-las-18-conductas-que-podran-ser-sancionadas-en-el-trabajoctas-que-seran-sancionadas-como-acoso-laboral/
4. Ley Karin - Subsecretaría de Previsión Social, acceso: marzo 5, 2025, https://previsionsocial.gob.cl/ley-karin/
5. Hoy entra en vigencia: ¿En que consiste la Ley Karin? - Gob.cl, acceso: marzo 5, 2025, https://www.gob.cl/noticias/hoy-entra-en-vigencia-en-que-consiste-ley-karin/
6. Acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo (Ley Karin) - BCN, acceso: marzo 5, 2025, https://www.bcn.cl/api-leyfacil/servicio/ObtenerGuiaPublicadaHTML?uri=acoso-sexual-acoso-laboral-y-violencia-en-el-trabajo
7. Ley Karin | Instituto de Seguridad Laboral, acceso: marzo 5, 2025, https://www.isl.gob.cl/ley-karin/
8. www.dt.gob.cl, acceso: marzo 5, 2025, https://www.dt.gob.cl/portal/1626/w3-propertyvalue-158257.html#:~:text=Las%20sanciones%2C%20que%20deben%20estar,acosador%2C%20sin%20derecho%20a%20indemnizaci%C3%B3n%2C
9. www.bcn.cl, acceso: marzo 5, 2025, https://www.bcn.cl/api-leyfacil/servicio/ObtenerGuiaPublicadaHTML?uri=acoso-sexual-acoso-laboral-y-violencia-en-el-trabajo#:~:text=La%20persona%20afectada%2C%20en%20caso,la%20respectiva%20Inspecci%C3%B3n%20del%20Trabajo.
10. Ingreso de denuncia laboral y por vulneración de derechos fundamentales (Ley Karin), acceso: marzo 5, 2025, https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/1399-ingreso-de-denuncia-laboral-y-por-vulneracion-de-derechos-fundamentales-ley-karin
11. Manual de Procedimiento Interno para denuncia del Acoso Laboral y Sexual - Seremi de Salud O'Higgins, acceso: marzo 5, 2025, https://seremi6.redsalud.gob.cl/wrdprss_minsal/wp-content/uploads/2016/08/Procedimiento-Denuncia.pdf
12. www.isl.gob.cl, acceso: marzo 5, 2025, https://www.isl.gob.cl/ley-karin/#:~:text=Las%20y%20los%20trabajadores%20pueden,instancia%20ante%20los%20tribunales%20laborales.
13. Sector Público: ¿Cómo denunciar un caso de acoso laboral? - SLS Abogados, acceso: marzo 5, 2025, https://www.slsabogados.cl/sector-publico-acoso-laboral-como-denunciar/
14. www.dt.gob.cl, acceso: marzo 5, 2025, https://www.dt.gob.cl/portal/1629/articles-95386_archivo_fuente.pdf
15. Guía de prevención del acoso - Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, acceso: marzo 5, 2025, https://www.minrel.gob.cl/minrel_old/site/artic/20090831/asocfile/20090831111948/gui__a_prevencio__n_acoso.pdf
16. Acoso Laboral - DT - Consultas - Dirección del Trabajo, acceso: marzo 5, 2025, https://www.dt.gob.cl/portal/1626/w3-propertyvalue-158257.html
17. Acoso Laboral en Chile: conceptos y tipos 2025, acceso: marzo 5, 2025, https://www.conceptosjuridicos.com/cl/acoso-laboral/
18. Todo sobre el acoso en el trabajo según la ley de Chile - MisAbogados.com, acceso: marzo 5, 2025, https://www.misabogados.com/blog/es/todo-sobre-el-acoso-en-el-trabajo-chile
19. El caso en que BancoEstado tuvo que pagar una millonaria indemnización por vulnerar la honra de extrabajador - La Cuarta, acceso: marzo 5, 2025, https://www.lacuarta.com/chile/noticia/el-caso-en-que-bancoestado-tuvo-que-pagar-una-millonaria-indemnizacion-por-vulnerar-la-honra-de-extrabajador/2VJOFWOH4RBQLGIFLUSVUGGCAY/
20. Cómo BancoEstado "vulneró honra" de exfuncionario estrella en despido con rumores de acoso sexual - BioBioChile, acceso: marzo 5, 2025, https://www.biobiochile.cl/especial/bbcl-investiga/noticias/articulos/2025/02/13/como-bancoestado-vulnero-honra-de-exfuncionario-estrella-en-despido-con-rumores-de-acoso-sexual.shtml
21. Maltrato, acoso laboral y sexual: las acusaciones judiciales en contra del círculo cercano del alcalde de Independencia | Interferencia, acceso: marzo 5, 2025, https://interferencia.cl/articulos/maltrato-acoso-laboral-y-sexual-las-acusaciones-judiciales-en-contra-del-circulo-cercano
22. Denuncias de maltrato, alta tasa de retiro y burnout: La otra cara de ser profesor en Chile, acceso: marzo 5, 2025, https://eldesconcierto.cl/2023/10/19/denuncias-de-maltrato-alta-tasa-de-retiro-y-burnout-la-otra-cara-de-ser-profesor-en-chile
23. Profesora de Antofagasta se suicida tras denunciar acoso y amenazas, acceso: marzo 5, 2025, https://educacioncontinuafecs.unab.cl/vida-academica/profesora-se-suicida-acoso-y-amenazas/
24. OTRO PROFESOR SE SUICIDÓ. ESTA VEZ POR CONSTANTE MALOS TRATOS, AGOBIO Y ACOSO POR PARTE DE LA DIRECCIÓN DEL LICEO DE MOLINA, REGIÓN DEL MAULE, acceso: marzo 5, 2025, https://www.colegiodeprofesores.cl/2024/07/03/otro-profesor-se-suicido-esta-vez-por-constante-malos-tratos-agobio-y-acoso-por-parte-de-la-direccion-del-liceo-de-molina-region-del-maule/
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