Mario E. Aguila
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El sistema tributario chileno ofrece a los contribuyentes una serie de mecanismos para impugnar resoluciones que consideren lesivas a sus derechos. Estos mecanismos se dividen en dos grandes categorías: recursos administrativos y recursos judiciales. A continuación, se presenta un análisis detallado de cada uno de ellos, incluyendo información sobre los plazos, requisitos e instancias correspondientes.
Los recursos administrativos son aquellos que se interponen ante la propia administración tributaria, en este caso, ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Su objetivo es que la autoridad revise la resolución impugnada y, si corresponde, la modifique, reemplace o deje sin efecto 1.
El Código Tributario chileno contempla los siguientes recursos administrativos:
Reposición Administrativa Voluntaria (RAV): Este recurso procede contra liquidaciones, giros, pagos de impuestos y resoluciones que afecten el pago de un impuesto o que denieguen peticiones del contribuyente 2. El plazo para interponerlo es de 30 días 4.
Reposición Administrativa de los artículos 149 y 150 del Código Tributario: Este recurso específico se utiliza para impugnar el nuevo avalúo de un bien raíz. Procede cuando se produce un cambio en el avalúo de un bien raíz producto de un proceso de retasación general o una modificación individual. Las causales de reclamo son: determinación errónea de la superficie de los terrenos o construcciones; aplicación errónea de las tablas de clasificación respecto del bien gravado; errores de transcripción, de copia o de cálculo; e inclusión errónea del incremento de valor por mejoras costeadas por particulares. El plazo para presentarlo es de 15 días hábiles. Para el caso del artículo 149° del Código Tributario, corresponde usar el Formulario 2911. Para el caso del artículo 150 del Código Tributario, debe utilizarse el Formulario 2911.1.
Recurso Jerárquico: Se interpone ante el superior jerárquico de la autoridad que dictó el acto impugnado. Procede en los mismos casos que el recurso de reposición 4. El plazo para interponerlo es de 5 días 4.
Revisión de la Actuación Fiscalizadora (RAF): Permite solicitar la revisión de las actuaciones de fiscalización realizadas por el SII 4. No tiene un plazo determinado para su interposición 4.
Recurso de Resguardo: Busca proteger los derechos de los contribuyentes cuando se considera que han sido vulnerados por cualquier funcionario del SII 1. El plazo para presentarlo es de 10 días 4. El Director Regional, Subdirector de Fiscalización y Director de Grandes Contribuyentes conocerán de este recurso 1.
A continuación, se presenta una tabla que resume los plazos para la interposición de cada recurso administrativo:
Recurso | Plazo |
Reposición Administrativa Voluntaria (RAV) | 30 días |
Reposición Administrativa (artículos 149 y 150) | 15 días hábiles |
Recurso Jerárquico | 5 días |
Revisión de la Actuación Fiscalizadora (RAF) | No tiene plazo determinado |
Recurso de Resguardo | 10 días |
Si bien los requisitos específicos pueden variar según el recurso, en general se requiere lo siguiente:
Identificación del contribuyente: Nombre completo, RUT, domicilio.
Identificación del acto impugnado: Número, fecha y tipo de resolución (liquidación, giro, etc.).
Fundamentación del recurso: Se deben exponer las razones por las cuales se considera que la resolución es ilegal o arbitraria. Se deben especificar claramente en el formulario la o las actuaciones impugnadas. En este sentido deberá indicarse el número y fecha de la liquidación, resolución o giro y las partidas y elementos impugnados, si corresponde 5.
Acompañar documentos: Se deben adjuntar todos los documentos que respalden la impugnación 6. Se deberá exhibir el Rol Único Tributario o Cédula Nacional de Identidad del solicitante o fotocopia autorizada ante Notario Público 5. Adicionalmente al formulario y documentos señalados, se puede acompañar un escrito con los fundamentos que sustentan la solicitud deducida 5.
La instancia administrativa a la que se debe recurrir depende del tipo de recurso y de la organización interna del SII. En general, los recursos se presentan ante la Dirección Regional, la Dirección de Grandes Contribuyentes o la Dirección Nacional del SII 1.
Es importante destacar que la Defensoría del Contribuyente puede representar a las personas naturales que cumplan con ciertos requisitos, presentando y gestionando los recursos administrativos ante el SII 4.
Si el contribuyente no está conforme con la resolución del recurso administrativo, o si el SII no se pronuncia dentro del plazo legal, puede recurrir a la vía judicial.
Los principales recursos judiciales disponibles para los contribuyentes en Chile son:
Reclamo de Ilegalidad: Procede contra liquidaciones, giros, pagos y resoluciones que afecten el pago de un impuesto 8. También procede contra los pagos cuando no se conformen con el giro que lo antecede 8. Se interpone ante el Tribunal Tributario y Aduanero (TTA) correspondiente al domicilio del contribuyente 9.
Nulidad de Derecho Público: Se interpone ante los tribunales ordinarios de justicia para solicitar la invalidación de un acto administrativo que se considera ilegal y que vulnera derechos constitucionales 10.
Los requisitos para interponer un recurso judicial varían según el tipo de recurso y la normativa aplicable. En general, se requiere:
Patrocinio de abogado: Salvo en causas de menor cuantía, se requiere la representación de un abogado 8.
Presentación de la demanda: Se debe presentar una demanda ante el tribunal competente, exponiendo los fundamentos de la impugnación y acompañando los documentos necesarios.
Pago de costas: En caso de que el recurso sea rechazado, el contribuyente puede ser condenado al pago de las costas del juicio.
Tribunal Tributario y Aduanero (TTA): Conoce de los reclamos de ilegalidad. Existen 18 TTA de primera instancia a lo largo del país 9.
Cortes de Apelaciones: Conocen de las apelaciones contra las sentencias de los TTA.
Corte Suprema: Conoce de los recursos de casación en contra de las sentencias de las Cortes de Apelaciones 12.
Recurso | Plazo |
Reposición Administrativa Voluntaria (RAV) | 30 días |
Reposición Administrativa (artículos 149 y 150) | 15 días hábiles |
Recurso Jerárquico | 5 días |
Recurso de Resguardo | 10 días |
Reclamo de Ilegalidad | 90 días |
Nulidad de Derecho Público | 5 años 13 |
Es importante tener en cuenta que los plazos son fatales y se cuentan en días hábiles, salvo que la ley especifique lo contrario. La interpretación que ha hecho la Corte Suprema sobre los plazos fatales ha afectado la cantidad de causas tributarias que conoce este tribunal, lo que podría tener un impacto en la consolidación de las interpretaciones administrativas 12.
Los plazos para interponer los recursos administrativos se empiezan a contar desde el día siguiente a la notificación del acto administrativo que se desea impugnar 15. En el caso de la notificación por carta certificada, el plazo se cuenta desde el sexto día hábil siguiente a la recepción en Correos de Chile 17. Si la notificación se realiza por aviso en el Diario Oficial, el plazo se cuenta desde el día de la publicación 17.
Los días inhábiles para el cómputo de los plazos administrativos son los sábados, domingos y festivos en Chile 15. Si el último día del plazo cae en un día inhábil, se prorroga al primer día hábil siguiente 15.
Para reclamación judicial ante el TTA, los inhábiles son los domingos y festivos solamente.
El sistema tributario chileno, en su afán de asegurar la justicia y la equidad, proporciona a los contribuyentes una variedad de recursos administrativos y judiciales para impugnar resoluciones que consideren desfavorables. Estos mecanismos de impugnación no solo permiten la corrección de errores o arbitrariedades, sino que también contribuyen a la transparencia y el correcto funcionamiento del sistema.
Para que los contribuyentes puedan ejercer sus derechos de manera efectiva, es fundamental que conozcan los diferentes recursos disponibles, los plazos y requisitos para interponerlos, y las instancias administrativas y judiciales competentes. La correcta aplicación de estos recursos puede tener un impacto significativo en las finanzas de los contribuyentes y en la interpretación misma de las normas tributarias.
En este contexto, la asesoría legal especializada se vuelve crucial, especialmente en casos complejos o de mayor cuantía. Un abogado experto en derecho tributario puede guiar al contribuyente a través del proceso, asegurando que se cumplan los requisitos y plazos, y que se presenten los argumentos de la manera más sólida posible.
En última instancia, el conocimiento y la correcta utilización de los recursos administrativos y judiciales disponibles son herramientas esenciales para garantizar la protección de los derechos de los contribuyentes y la equidad del sistema tributario chileno.
1. FACULTAD DE DERECHO Recurso de resguardo de los derechos de los contribuyentes y un análisis del artículo 8 bis del Código Tr - Repositorio Institucional, acceso: febrero 19, 2025, https://repositorio.udd.cl/bitstreams/10f7ea7c-ee69-4e3d-b903-66b4f61bb767/download
2. ¿Cómo se hace para? SOLICITAR REPOSICIÓN ADMINISTRATIVA VOLUNTARIA DEL ARTÍCULO 123 BIS, DEL CÓDIGO TRIBUTARIO. - SII, acceso: febrero 19, 2025, https://www.sii.cl/como_se_hace_para/solicitar_rav.pdf
3. Abogados Tributarios especialistas en Reposición Administrativa Voluntaria (RAV), acceso: febrero 19, 2025, https://www.schneiderabogados.cl/abogados/tributarios/abogados-tributarios-especialistas-en-reposicion-administrativa-voluntaria-rav
4. Pedir la representación administrativa a la Defensoría del Contribuyente - ChileAtiende, acceso: febrero 19, 2025, https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/110194-pedir-la-representacion-administrativa-a-la-defensoria-del-contribuyente
5. ¿Qué debo considerar para presentar un recurso de reposición? (Incluye Audio), acceso: febrero 19, 2025, https://ayuda.anid.cl/hc/es/articles/360022363392--Qu%C3%A9-debo-considerar-para-presentar-un-recurso-de-reposici%C3%B3n-Incluye-Audio
6. Recurso Administrativo (Residencia Temporal) - Trámites Digitales, acceso: febrero 19, 2025, https://tramites.extranjeria.gob.cl/tramites/ver_ficha/296
7. Recurso Administrativo (Residencia Definitiva) - Trámites Digitales, acceso: febrero 19, 2025, https://tramites.extranjeria.gob.cl/tramites/ver_ficha/325
8. DEFENSA ANTE EL TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO -, acceso: febrero 19, 2025, https://a-tributario.cl/index.php/defensa-ante-el-tribunal-tributario-y-aduanero/
9. Tribunales tributarios y aduaneros, acceso: febrero 19, 2025, https://www.bcn.cl/api-leyfacil/servicio/ObtenerGuiaPublicadaHTML?uri=tribunales-tributarios-y-aduaneros
10. JURISPRUDENCIA RECIENTE DE LA CORTE SUPREMA SOBRE LA NULIDAD DE DERECHO PÚBLICO THE SUPREME COURT'S RECENT CASE LAW ON PUBL, acceso: febrero 19, 2025, https://derecho.udd.cl/actualidad-juridica/files/2022/03/AJ-45-01-Jos%C3%A9-Manuel-D%C3%ADaz-de-Vald%C3%A9s-Jurisprudencia-reciente-de-la-Corte-Suprema-sobre-la-nulidad-de-derecho-p%C3%BAblico.pdf
11. Acción de nulidad de derecho público ha sido conceptuada como aquella que se ejerce para obtener sanción de ineficacia jurídica que afecta a aquellos actos de los órganos del Estado. - Diario Constitucional, acceso: febrero 19, 2025, https://www.diarioconstitucional.cl/2020/05/29/accion-de-nulidad-de-derecho-publico-ha-sido-conceptuada-como-aquella-que-se-ejerce-para-obtener-sancion-de-ineficacia-juridica-que-afecta-a-aquellos-actos-de-los-organos-del-estado/
12. El recurso de casación - en materia tributaria - Facultad de Derecho - Universidad del Desarrollo, acceso: febrero 19, 2025, https://derecho.udd.cl/actualidad-juridica/files/2021/01/AJ-Num-21-P375.pdf
13. LEY DE BASES DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y NULIDAD DE DERECHO PÚBLICO. Carlos Dorn Garrido - Consejo de Defensa del Estado, acceso: febrero 19, 2025, https://www.cde.cl/estudiosybiblioteca/docs/revista-17/a-doctrina/derecho-administrativo/ley-de-bases-de-procedimiento-administrativo-y-nulidad-de-derecho-publico-carlos-dorn-garrido/
14. Algunos aspectos de los recursos - administrativos en la Ley N° 19.880, que, acceso: febrero 19, 2025, https://derecho.udd.cl/actualidad-juridica/files/2021/01/AJ-Num-9-P187.pdf
15. Ley 19880 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, acceso: febrero 19, 2025, https://nuevo.leychile.cl/navegar?idNorma=210676
16. Incumplimiento de Plazos Proceso Administrativos (Ley N°19.880) - Ayuda Mineduc, acceso: febrero 19, 2025, https://www.ayudamineduc.cl/ficha/incumplimiento-de-plazos-proceso-administrativos-ley-ndeg19880
17. Reconsideración de una multa cursada por la Dirección del Trabajo (DT), acceso: febrero 19, 2025, https://www.dt.gob.cl/portal/1626/w3-article-118717.html
18. ANEXO 10: NORMAS Y CRITERIOS PARA RESOLVER SOLICITUDES DE RECONSIDERACIÓN DE MULTAS ADMINISTRATIVAS. 1. PROCEDENCIA DE SOLICITU - Dirección del Trabajo, acceso: febrero 19, 2025, https://www.dt.gob.cl/transparencia/Circ_18_ANEXO_10_NORMAS_Y_CRITERIOS_PARA_RESOLVER_SOLICITUDES_DE_RECONSIDERACION_DE_MULTAS_ADMINISTRATIVAS-1.pdf