Mario E. Aguila
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Actualizado: 24 feb
El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha implementado cambios para mejorar la relación con los contribuyentes, con un enfoque en poner al contribuyente en el centro de su gestión institucional1. Uno de estos cambios es la Reposición Administrativa Voluntaria (RAV), un recurso administrativo opcional que permite a los contribuyentes en Chile solicitar la revisión de ciertas acciones del SII2. A través de la RAV, se busca corregir errores o vicios en liquidaciones, giros, pagos de impuestos, o resoluciones que afecten el pago de impuestos. A continuación, se detalla qué es la RAV, los requisitos para presentarla, las formas de hacerlo, la oportunidad para su solicitud y otros aspectos relevantes.
La RAV es un mecanismo que permite a los contribuyentes impugnar determinadas acciones del SII en una instancia administrativa previa a un reclamo judicial. Este recurso busca que el SII revise los actos administrativos que puedan afectar al contribuyente, brindando una oportunidad para corregir errores o discrepancias antes de iniciar un proceso judicial, que puede ser más costoso y complejo3.
El objetivo principal de la RAV es facilitar una solución en el ámbito administrativo4.
De acuerdo con el Código Tributario chileno, los actos administrativos que pueden ser impugnados mediante la RAV son los siguientes: 2
Liquidaciones de impuestos: Se puede impugnar la liquidación en su totalidad o alguna de sus partidas o elementos.
Giros de impuestos: Se refiere a las órdenes de pago emitidas por el SII.
Pagos de impuestos: Se pueden impugnar pagos realizados si se considera que existe un error o vicio.
Resoluciones que incidan en el pago de un impuesto: Esto incluye resoluciones que afecten la base para determinar el impuesto o que denieguen peticiones de devolución.
Cualquier contribuyente que haya sido notificado por el SII de alguno de los actos administrativos mencionados anteriormente, y que considere que existe un error o vicio, puede solicitar la RAV2.
Para solicitar la RAV, se deben cumplir los siguientes requisitos: 3
Presentar el Formulario 3314: Este formulario se encuentra disponible en el sitio web del SII y debe ser completado con la información del contribuyente y los detalles de la solicitud.
Presentar el formulario en original y dos copias: El original debe estar firmado por el contribuyente o su representante legal.
Exhibir el Rol Único Tributario (RUT) o Cédula de Identidad: Se debe presentar el documento original o una fotocopia autorizada ante notario.
Especificar la actuación impugnada: Se debe indicar claramente el número y fecha de la liquidación, resolución o giro, y las partidas o elementos que se impugnan.
Fundamentar la solicitud: Se deben exponer de forma clara y precisa los hechos y fundamentos de derecho que sustentan la solicitud, explicando las razones y peticiones.
Adjuntar documentos que acrediten la solicitud: Se deben incluir todos los documentos que respalden la solicitud y los fundamentos expuestos.
Existen diferentes maneras de solicitar la RAV ante el SII:
Método de Solicitud | Descripción |
En línea | A través del sitio web del SII, en la sección de "Servicios online", se puede acceder al trámite de "Presentación RAV/RAF y Recurso Jerárquico (RJ)"5. |
En sucursal | Se puede presentar la solicitud en la oficina del SII que sirve de secretaría al Departamento u Oficina Jurídica de la respectiva Dirección Regional o de la Dirección de Grandes Contribuyentes5. |
Defensoría del Contribuyente | La Defensoría del Contribuyente puede representar a personas naturales que hayan obtenido rentas netas inferiores a 30 Unidades Tributarias Anuales (UTA) en el año anterior a la solicitud6. |
El plazo para presentar la RAV es de 30 días hábiles contados desde el día hábil siguiente a la notificación del acto administrativo que se desea impugnar7. Es importante tener en cuenta que la presentación de la RAV suspende el plazo para iniciar un juicio tributario ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros, lo que brinda tiempo adicional para resolver el problema en la vía administrativa.
Excepcionalmente, se podrá hacer la presentación de la solicitud hasta las 24 horas, en el domicilio del funcionario habilitado al efecto, cuando ésta sea realizada el último día del plazo2.
Además de la RAV, existe otro proceso de apelación administrativa disponible para los contribuyentes: las anulaciones administrativas de giros. Este proceso permite a los contribuyentes solicitar al Director Regional que corrija vicios o errores manifiestos en los actos emitidos por las unidades bajo su supervisión8.
La RAV ofrece una serie de beneficios para los contribuyentes:
Ahorro de tiempo y costos: Evita la necesidad de iniciar un proceso judicial.
Mayor transparencia: Promueve la transparencia en la relación entre el SII y los contribuyentes.
Solución amistosa: Facilita una solución amistosa entre el contribuyente y el SII4.
Si no se solicita la RAV dentro del plazo establecido, se pierde la oportunidad de impugnar el acto administrativo en la vía administrativa. En este caso, la única opción para el contribuyente sería iniciar un reclamo judicial ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros9.
No se encontró información específica sobre cómo calcular la RAV. El cálculo de los impuestos y las posibles devoluciones o diferencias a pagar dependerán de la situación particular de cada contribuyente y del tipo de acto administrativo que se impugna10.
Para obtener información detallada sobre el cálculo de impuestos y la aplicación de la RAV en casos específicos, se recomienda consultar con un asesor tributario o con la Defensoría del Contribuyente.
La Reposición Administrativa Voluntaria (RAV) es un recurso administrativo importante para los contribuyentes en Chile. Permite la revisión de ciertas acciones del SII, buscando corregir errores y evitar posibles perjuicios económicos. Es fundamental conocer los requisitos, formas y la oportunidad para solicitar la RAV, así como los beneficios que ofrece y las consecuencias de no presentarla a tiempo.
Si considera que existe un error o vicio en una liquidación, giro, pago o resolución del SII, es recomendable presentar la RAV dentro del plazo establecido. En caso de necesitar orientación o representación, la Defensoría del Contribuyente puede brindarle asistencia. Recuerde que también puede consultar con un asesor tributario para obtener información detallada sobre el cálculo de impuestos y la aplicación de la RAV en su situación específica.
1. CIRCULAR 34 SII 2018 PROCEDIMIENTO DE RAV - abogado tributario r&r, acceso: febrero 20, 2025, https://a-tributario.cl/index.php/circular-34-sii-2018-procedimiento-de-rav/
2. ¿Cómo se hace para? SOLICITAR REPOSICIÓN ADMINISTRATIVA VOLUNTARIA DEL ARTÍCULO 123 BIS, DEL CÓDIGO TRIBUTARIO. - SII, acceso: febrero 20, 2025, https://www.sii.cl/como_se_hace_para/solicitar_rav.pdf
3. Abogados Tributarios especialistas en Reposición Administrativa Voluntaria (RAV), acceso: febrero 20, 2025, https://www.schneiderabogados.cl/abogados/tributarios/abogados-tributarios-especialistas-en-reposicion-administrativa-voluntaria-rav
4. DEFENSA TRIBUTARIA RAV SII - ABOGADO TRIBUTARIO LET, acceso: febrero 20, 2025, https://a-tributario.cl/index.php/defensa-tributaria-rav-sii/
5. Solicitar la revisión de la actuación fiscalizadora del SII - ChileAtiende, acceso: febrero 20, 2025, https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/3238-solicitar-la-revision-de-la-actuacion-fiscalizadora-del-sii
6. Pedir la representación administrativa a la Defensoría del Contribuyente - ChileAtiende, acceso: febrero 20, 2025, https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/110194-pedir-la-representacion-administrativa-a-la-defensoria-del-contribuyente
7. ¿Qué es una RAV? - | Diario Financiero, acceso: febrero 20, 2025, https://www.df.cl/economia-y-politica/actualidad/que-es-una-rav
8. revisión actuación fiscalizadora, reposición administrativa voluntaria y anulaciones administrativas de giros y otros - SII, acceso: febrero 20, 2025, https://www.sii.cl/como_se_hace_para/revision_actuacion_fiscalizadora.html
9. Reevalúo No Agrícola 2022 | Tax Alert - Deloitte, acceso: febrero 20, 2025, https://www2.deloitte.com/cl/es/pages/tax/articles/reevaluo-no-agricola-2022.html
10. Servicio de Impuestos Internos - SII, acceso: febrero 20, 2025, https://www.sii.cl/valores_y_fechas/index_valores_y_fechas.html